Preguntas frecuentes

Vea nuestras preguntas más comunes relacionadas con el registro de barcos en las Bahamas.

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Ciudadanos de las Bahamas o residentes permanentes

Ciudadanos o residentes no bahameños: por lo general, se les exige que obtengan un pase de inmigración y aduanas para acceder a las aguas de las Bahamas. Estos pases se conocen comúnmente como permisos de crucero y se requieren para todas las embarcaciones que ingresan a las Bahamas, incluidos los yates privados y los barcos de alquiler. El permiso de crucero suele tener una validez de hasta 90 días, y es importante asegurarse de que sea válido durante toda su estancia en las Bahamas.

Para continuar, se requieren los siguientes documentos:

  • Una copia de su identificación o pasaporte
  • Una copia de su contrato de venta.
  • Documentación que acredite el pago de derechos de aduana (relevante si el yate no se compró en las Bahamas)

El procedimiento para registrar un barco normalmente tarda de 4 a 6 semanas en completarse.

Un certificado de registro es un documento oficial proporcionado por el gobierno de Bahamas que certifica el registro de un barco y que cumple con todas las normas de seguridad y navegación aplicables. El papel premium se usa con frecuencia para imprimir la bandera de las Bahamas, así como el nombre y el número de registro de la embarcación. Como se requiere para operar en aguas de las Bahamas, el documento siempre debe conservarse a bordo y presentarse a las autoridades cuando lo soliciten.

Sí. Le proporcionaremos el registro provisional.

Los documentos deben estar en idioma bahameño. Si están en cualquier otro idioma, nosotros nos encargamos de la traducción jurada.

Sí. Al solicitar un registro de yate provisional en las Bahamas, puede ser necesaria una inspección.

Sí, una moto acuática se puede registrar bajo la bandera de las Bahamas.

Para solicitar la licencia MMSI, necesitamos los siguientes documentos:

  • Permiso para una estación de radio
  • Una prueba del registro del barco.
  • Un certificado de seguro vigente para el buque

Los siguientes documentos deben ser proporcionados por el nuevo propietario:

  • Foto/copia escaneada de la factura de venta
  • Foto/copia escaneada del registro anterior
  • Prueba del certificado de seguro de la embarcación
  • Permiso de estación de radio

Se requieren los siguientes documentos:

  • Una copia de la factura de venta.
  • Documento de registro
  • Evidencia de si el barco ha sido quemado o desarmado

En las Bahamas, si una embarcación está registrada y sigue todas las leyes de seguridad y navegación aplicables, normalmente no se necesita licencia para navegar. Sin embargo, podrían ser necesarias certificaciones o licencias específicas para ciertas operaciones y tipos de embarcaciones.

Por ejemplo:

  • Se puede exigir una credencial de marino mercante (MMC) u otra cualificación profesional a un capitán o patrón que dirija una embarcación comercial, como un barco de alquiler.
  • Se requiere una licencia de estación de radio y un número de identidad de servicio móvil marítimo (MMSI) específico para cada embarcación equipada con un dispositivo de comunicación por radio, como una radio VHF o un transpondedor AIS.
  • Un certificado de seguridad de yates de pasajeros puede ser necesario para embarcaciones que superan una eslora específica o que transportan más personas que un número determinado.

Hay muchas licencias disponibles para embarcaciones comerciales, incluidas licencias para embarcaciones de pasajeros, de carga y pesqueras.

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